Despedimos un año fiscal 2015 saturado de modificaciones fiscales, a raíz de la entrada en vigor de la llamada “Reforma fiscal” que ha afectado a los principales pilares del sistema impositivo español, como son el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades y, en menor medida, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes y el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Unido a dichas reformas y como broche final, una modificación de la Ley General Tributaria que no satisface ni a contribuyentes ni a Inspección, acompañada de la primera publicación de la lista de deudores con Hacienda, que nos ha permitido conocer los nombres de los mayores defraudadores a la Agencia tributaria española.
✔ En el ámbito del IRPF, la reforma intentó mantener la estructura básica del impuesto e introdujo modificaciones tendentes a minorar la carga tributaria soportada por los contribuyentes con menos recursos y con mayores cargas familiares así como a estimular la generación de ahorro a largo plazo.
De esta forma, se establecieron nuevos tramos de la escala del impuesto, nuevos tipos de gravamen de las rentas del ahorro, se incrementaron los importes del mínimo personal y familiar así como del aplicable a las personas con discapacidad; se introdujeron nuevas deducciones para reducir la tributación de los trabajadores con mayores cargas familiares y se creó un nuevo instrumento dirigido a los pequeños inversores denominado Plan de Ahorro a Largo Plazo.
✔ Sin embargo y siguiendo con el mismo impuesto, también se introdujeron una serie de medidas que han producido un efecto totalmente contrario al anterior, tendentes a incrementar la base imponible tales como la supresión de la deducción por alquiler, de la exención aplicable los perceptores de dividendos, la revisión de la exención aplicable a las indemnizaciones por despido, la minoración del 40 al 30 por ciento el porcentaje de reducción aplicable a los rendimientos con período de generación superior a dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo o la limitación de la aportación máxima a planes de pensiones.
Luces y sombras de una reforma fiscal de aplicación progresiva en el tiempo y que no ha supuesto una auténtica rebaja de impuestos para todos los contribuyentes.
✔ ¿Qué nos espera en el 2016?
En cuanto a los tipos de tributación, unos tramos menores en el IRPF tanto en la escala general como en la del ahorro y un tipo de tributación general en el Impuesto sobre Sociedades reducido al 25%. Otras medidas como la incorporación de las sociedades civiles con personalidad jurídica como contribuyentes de este impuesto o la puesta en práctica de las modificaciones a la Ley General Tributaria mantendrán ocupados y preocupados a no pocos contribuyentes.
Les seguiremos informando de su mejor forma de aplicación. Feliz año 2016.
Publicado el 01-2016 por PBS