Todo el mundo habla del flamante sistema de notificaciones electrónicas implementado por la Agencia Tributaria, pero… ¿Y las notificaciones de Tráfico?
Pese a que entró en vigor el pasado 25 de noviembre de 2010, la inmensa mayoría de empresas no sabe que el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo (“Ley de Seguridad Vial” para los amigos) obliga a todas las personas jurídicas a obtener una Dirección Electrónica Vial (DEV).
Si no hemos comunicado nuestra dirección electrónica, la Dirección General de Tráfico asigna automáticamente una DEV a todas las autorizaciones de que disponga su titular en los Registros de Vehículos y de Conductores.
Deben tramitar su DEV todas las empresas y personas jurídicas que sean titulares de vehículos –es decir, que los tengan matriculados a su nombre- por haberlos adquirido mediante compra o leasing, aunque solamente estén parcialmente afectos a su actividad.
DEV para empresas con coches en renting
El renting? La Orden INT/3215/2010, de 3 de diciembre obliga a las empresas de renting a comunicar a la DGT la DEV de sus arrendatarios. Eso significa que las empresas que utilicen el renting para contratar vehículos de empresa deben, a su vez, comunicar su correspondiente DEV a la empresa arrendadora. Si bien para los contratos que ya están en vigor no es obligatoria la comunicación del DEV, es imprescindible obtener esta dirección virtual si se pretende continuar utilizando el renting en el futuro, pues será requisito indispensable para formalizar el contrato.
¿Cómo saber notificaciones DGT?
Cuando la empresa sea sancionada por infracciones de tráfico cometidas por su flota de vehículos y por ejemplo en caso de requerimiento para identificación del conductor, las notificaciones se remitirán siempre a la DEV.
El acceso a la DEV se hace obligatoriamente mediante certificado electrónico, pero siguen siendo muchas las personas jurídicas que todavía no lo tienen. Si su empresa es titular de algún vehículo y no tiene todavía certificado de firma electrónica, debe darse prisa en obtenerlo, o las multas empezarán a notificarse automáticamente, sin que nadie las revise, recurra, o identifique al conductor… si usted no se entera, el procedimiento seguirá su curso, con los intereses de demora y recargos correspondientes.
Tramite ya la DEV de su empresa si no quiere enterarse de las multas cuando le embarguen las cuentas bancarias …
Publicado el 09-2011 por PBS