La Resolución de 22 de Febrero de 2016 de la Dirección general de la AEAT aprueba las Directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero para el ejercicio 2016.
Dicho Plan prevé la intensificación de la lucha contra la economía sumergida y la investigación de patrimonios y rentas en el exterior.
✔ Uno de los focos de atención de la AEAT se centrará en la investigación de patrimonios y rentas en el exterior, utilizando la información del modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero, por el acuerdo FATCA con los Estados Unidos de América o por acuerdos con terceros países.
Se comprobará que los contribuyentes residentes en España de los que la AEAT obtenga información procedente de otros Estados miembros de la Unión Europea hayan tributado por sus rentas mundiales.
✔ Es importante resaltar, por las elevadas sanciones que conlleva, que se prevé llevar a cabo inspecciones relacionadas con el modelo 720, no sólo relacionadas con su no presentación sino también por la existencia de indicios de ocultación de bienes o por la falta de consistencia de los bienes y derechos incluidos en la declaración con la información tributaria que esté disponible respecto del mismo contribuyente.
✔ En el ámbito de la planificación internacional, se prevén actuaciones de control sobre la utilización de instrumentos “híbridos”, la existencia de establecimientos permanentes o sobre los precios de transferencia, cuyo cumplimiento material y formal aconsejamos de manera especial.
✔ Respecto del control de la economía digital, se prevén también actuaciones de comprobación sobre la tributación de negocios que operen a través de la red y de los beneficios obtenidos por las empresas que publiciten bienes y servicios en internet.
✔ La Agencia centrará, asimismo, sus esfuerzos en otros ámbitos tales como el control sobre la economía sumergida o la ampliación de la gestión recaudatoria. A estos efectos, se prevé la personación de personal de las unidades de auditoría informática en empresas intensivas en el manejo de efectivo (por ejemplo, por ventas al consumidor final), se controlará el cumplimiento de la limitación del pago en efectivo y se impulsarán las derivaciones de responsabilidad.
✔ Aunque no faltan voces críticas con la efectividad práctica del plan por no centrarse en perseguir el fraude sofisticado, entendemos que determinados aspectos del mismo (por ejemplo, en relación con la planificación fiscal internacional), junto con el esfuerzo en el intercambio de información con otras jurisdicciones del que les hemos venido informando recientemente, sí pueden conseguir incrementar la lucha contra el fraude fiscal.
Publicado el 03-2016 por PBS