sociedades 15%

Una de las grandes reformas del sistema fiscal internacional culminó el 08 de Octubre del 2021 en la OCDE con el objetivo de asegurar que las Empresas Multinacionales (MNEs) paguen una porción justa de impuestos en los territorios en los que operen y generen beneficios y que tributen a un tipo mínimo del Impuesto sobre Sociedades del 15% a partir de 2023.

Los líderes del G20 que acudieron a la cita de la cumbre en Roma aprobaron, ese 29 de Octubre del 2021, el impuesto mínimo global con la finalidad de frenar la deslocalización de beneficios de grandes negocios en paraísos fiscales.

Por su parte, el borrador de la Ley española de Presupuestos Generales del Estado para 2022 ya introduce, como novedad, un tipo mínimo del 15% para determinados contribuyentes.

✔ A modo de recordatorio, debemos señalar que 136 países se unieron a la Declaración de las soluciones basadas en los Dos Pilares a efectos de solventar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía.

✔ En términos de la OCDE:

  • El Pilar Uno tiene como objetivo asegurar una distribución más equitativa entre países de los beneficios y de los derechos a gravarlos, en relación con las multinacionales de mayor tamaño y más rentables (a grandes rasgos, aquellas con ventas globales por encima de 20.000 millones de euros y una rentabilidad superior al 10%). Este Pilar reasignará los derechos de gravamen sobre las multinacionales desde sus países hacia mercados en los que llevan a cabo sus negocios y obtienen sus beneficios, con independencia de si tienen en los mismos una presencia física.
  • El Pilar Dos introduce un Impuesto sobre Sociedades mínimo del 15%. Este tipo mínimo será de aplicación a compañías con ingresos superiores a 750 millones de Euros y se prevé que genere anualmente cerca de 150.000 millones de Dólares de beneficios gravables globales.

✔ Un acuerdo multilateral actualmente en desarrollo será el vehículo para la implementación de los nuevos derechos de gravamen conforme al Pilar Uno así como para la eliminación de las disposiciones en relación con los actuales Impuestos Digitales como medidas unilaterales. La OCDE desarrollará nuevas reglas para introducir el Pilar Dos en las normativas estatales durante 2022, para que entren en vigor en 2023.

✔ En el caso de España, el mínimo del Impuesto sobre Sociedades del 15% sobre la base imponible ya se introduce en el borrador de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022. Este mínimo aplicará a sociedades con un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a 20 millones de euros o que tributen en régimen de consolidación fiscal, con independencia de su cifra de negocios. Las sociedades de nueva creación que puedan aplicar el tipo reducido del Impuesto sobre Sociedades del 15%, verán reducido este mínimo al 10%. Esto implicará que, como resultado de la aplicación de deducciones, no se podrá rebajar el Impuesto sobre Sociedades por debajo de dicho límite.

✔ A la vista de los límites y plazos, España se adelante en la aplicación de estas fuertes medidas a las empresas españolas, sin tener en consideración ni un elevado tamaño ni su nivel de beneficios.

El contexto internacional del impuesto mínimo en el Impuesto sobre Sociedades

El 08 de Octubre de 2021 se alcanzó un acuerdo histórico por parte de la comunidad internacional, con 136 países y jurisdicciones participantes que representan más del 90% del PIB mundial.

Como resultado, la aprobación de la Declaración sobre la solución de dos pilares que aborda los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía.

Con fecha 20 de Diciembre de 2021, la OCDE ha publicado unas normas detalladas para asistir en la implementación de lo que constituye una reforma histórica del sistema fiscal internacional.

Por su parte, el 22 de Diciembre del mismo año, la Comisión Europea ha publicado su propuesta de Directiva para la implementación en la Unión de un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales, cuya aplicación se prevé a partir del 01 de Enero de 2023.

La solución se fundamenta en dos pilares:

✔ El Pilar Uno:

  • i. Busca garantizar una distribución más justa entre países de los beneficios y derechos de imposición relativos a las mayores y más rentables empresas multinacionales.
  • ii. Se reasignarán algunos derechos de gravamen sobre las multinacionales desde sus países de origen hacia los mercados en los que estas empresas realizan su actividad económica y obtienen beneficios, con independencia de si tienen o no presencia física en ellos.
  • iii. Esto afectará a las multinacionales cuyas ventas mundiales superen los 20 000 millones de euros y su rentabilidad exceda del 10%, como las más favorecidas por la globalización, que estarán sometidas a las nuevas normas, de modo que se reasignará a las jurisdicciones de mercado el 25% del beneficio que supere el umbral del 10%.

✔ El Pilar Dos:

  • i. Introduce un impuesto mínimo global sobre sociedades del 15 %.
  • ii. El nuevo tipo impositivo mínimo se aplicará a las empresas cuya cifra de negocios supere los 750 millones de euros, con lo que se calcula que generará una recaudación tributaria adicional, en todo el mundo, de unos 150 000 millones de dólares.

✔ La OCDE ha publicado el 20 de Diciembre de 2021 unas normas detalladas para asistir en la implementación de esta reforma histórica al sistema fiscal internacional, que asegurará que las Empresas Multinacionales (EMN) estén sujetas a un tipo impositivo mínimo del 15 % a partir de 2023, conocidas como las reglas GloBE (acrónimo de Global Anti-Base Erosion).

✔ Dichas normas crean un «impuesto complementario» que gravará los beneficios obtenidos en cualquier jurisdicción en la que el tipo impositivo efectivo, calculado por cada jurisdicción, sea inferior al tipo mínimo del 15%.

✔ En un horizonte no tal lejano, deberemos ver las consecuencias prácticas de la implementación de esta nueva normativa.


Publicado el 11-2021 por PBS