La utilización de bases imponibles negativas constituye un derecho de la entidad que las genera.
No obstante este principio general y debido a la reciente modificación legislativa que no permite la deducción de las pérdidas por el deterioro de nuestras participadas, el régimen de consolidación fiscal se ofrece como una alternativa sólida que permite reducir la carga fiscal efectiva de un Grupo de empresas en España.
? Hasta Enero 2013, la mecánica del deterioro de cartera permitía la deducción de las pérdidas de una filial en sede de su matriz, si bien sujeta a requisitos. Esta posibilidad ya no resulta aplicable por cuanto dichas pérdidas se consideran no deducibles de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de la matriz.
? En este nuevo escenario, las sociedades deben buscar una solución que resulte óptima para poder compensar las pérdidas fiscales de una empresa con los beneficios de las restantes empresas del Grupo en España. Una de las vías para ello es la opción por la aplicación del régimen especial de consolidación fiscal en el Impuesto sobre Sociedades.
? Bajo dicho régimen, la pérdida fiscal de un ejercicio obtenida por una de las empresas del Grupo puede compensarse con los beneficios obtenidos por las restantes empresas integrantes del mismo. El Grupo, que se considera un único contribuyente, existe siempre que la llamada sociedad dominante posea, directa o indirectamente, al menos el 75% del capital social de las restantes entidades.
Existen diversas formalidades y requisitos que deben ser cumplidos para la aplicación de este régimen, por lo que es del todo recomendable apoyarse en un experto fiscal
Publicado el 02-2014 por PBS