El Gobierno español ha aprobado recientemente una medida que regula la publicación de la lista de deudores con la Hacienda española.
Una medida no exenta de polémica que, sin duda, refleja el intenso esfuerzo por incrementar la lucha contra el fraude, como continuación a la Reforma fiscal iniciada desde hace dos años por el Gobierno español.
– La inclusión en la lista tendrá lugar cuando concurran las siguientes circunstancias:
- El importe total de las deudas y sanciones pendientes de ingreso (salvo las que se encuentren aplazadas o suspendidas) supere la cifra de 1 millón de Euros.
- Que respecto de dichas deudas o sanciones tributarias haya transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario.
– Con respecto al ejercicio 2015, la primera lista se publicará en el último trimestre de este mismo año. La fecha que se tendrá en cuenta para verificar si un contribuyente reúne los mencionados requisitos para ser objeto de publicación es el 31 de Julio de 2015.
Tenga en cuenta que la lista incluirá la plena identificación de los deudores: su nombre y apellidos o nombre social, su NIF así como el importe de deudas y sancione pendientes de pago.
– No todo son malas noticias para los contribuyentes afectados puesto que se les concede la posibilidad de efectuar alegaciones, en las que se admitirá la argumentación de errores, materiales dado que la Administración tributaria comunicará formalmente su inclusión en la lista al contribuyente afectado. Asimismo, el contribuyente podrá acudir a la jurisdicción contencioso administrativa.
– La lista se actualizará anualmente y se publicará durante el primer semestre de cada año, teniendo en cuenta la situación del contribuyente a 31 de Diciembre del año anterior.
Esta medida nos recuerda, una vez más, la importancia de llevar un adecuado control de nuestro cumplimiento de la normativa fiscal.
Publicado el 09-2015 por PBS