La lista española de paraísos  fiscales o “lista negra” es dinámica, en el sentido que permite el abandono de tal calificación a los países que firmen con España un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información.

Desde 01 de Enero de 2015, los requisitos para dejar la lista se han endurecido puesto que ya no se produce una salida automática por el hecho de tener un acuerdo o un convenio sino que la actualización de la lista deberá realizarse de manera expresa por parte de la Administración tributaria.

– Un reciente Informe del a Secretaría de Estado de Hacienda de 23 de diciembre de 2014, intenta clarificar cual es el estado de esta cuestión.

Así, nos dice que la vigente lista de paraísos fiscales establecida por el Real Decreto 1080 / 1991  sigue en vigor (en tanto no se apruebe una nueva relación), con las modificaciones derivadas y que se deriven de la posibilidad de salida que hasta ahora han tenido los territorios que han firmado un convenio o un acuerdo con España.

De esta forma, de un total de 48 territorios, han salido ya de la lista 15.

– No obstante y desde 01 de Enero de 2015, los criterios a tener en cuenta para actualizar la lista son los siguientes:

  1. La existencia con el país en cuestión de un convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información, un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE y del Consejo de Europa enmendado por el Protocolo 2010, que resulte de aplicación.
  2. Que no exista un efectivo intercambio de información tributaria.
  3. Los resultados de las evaluaciones inter pares realizadas por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de información con Fines Fiscales.

– Tal y como menciona el Informe de Hacienda, a partir de la entrada en vigor de esta modificación, la actualización de la lista no tendrá carácter automático sino que deberá realizarse de manera expresa y, a estos efectos, se tendrán en cuenta los anteriores criterios.

 

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Publicado el 04-2015 por PBS