El SII consiste en un sistema de llevanza de los libros registros del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT, mediante el suministro cuasi inmediato de los registros de facturación. Modificaciones a los libros de registro del SII de Facturas Expedidas y Facturas recibidas (Clave F1 y Clave F2), y todos los libros, que aplican a partir de Julio 1 de 2018.


El SII consiste en un sistema de llevanza de los libros registros del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT, mediante el suministro cuasi inmediato de los registros de facturación. Su implementación desde el 01 de Julio de 2017 ha permitido mejorar el control tributario por parte de la AEAT a los contribuyentes sujetos al mismo, como son los inscritos en el REDEME, las grandes empresas, grupos de IVA y aquellos que, voluntariamente, hayan querido acogerse.

 

A partir del 01 de Julio de 2018, entra en vigor una nueva versión del SII, que presenta modificaciones en los registros del SII que conviene conocer, en especial teniendo en cuenta las sanciones que el cumplimiento defectuoso de estos libros registro puede conllevar. Las especificaciones técnicas de la nueva versión se hallan disponibles en la página web de la AEAT.

 

✔ En el libro registro de facturas expedidas:

 

  • La Clave F2 (Facturas simplificadas) permite incorporar también las facturas expedidas que no contienen la identificación del destinatario.
  • Se añade la etiqueta “Detalle exenta” para permitir desglosar la base imponible exenta en función de la causa de la exención.
  • Se crea una marca especial para identificar las facturas expedidas por terceros en entregas de energía.
  • Se permite realizar un envío independiente cuando una factura de arrendamiento de locales de negocio no sujetos a retención supere 15 referencias catastrales.

 

✔ En los libros registro de facturas expedidas y recibidas:

 

  • La Clave F1 (facturas completas) permite registrar las facturas simplificadas cualificadas que permiten ejercer el derecho a la deducción del IVA por parte del destinatario de las mismas.
  • Se añade la nueva clave domiciliación bancaria de medio de cobro / pago de las operaciones acogidas al régimen especial del criterio de caja.

 

✔ En el libro registro de facturas recibidas, se crea una nueva clave para la Liquidación complementaria Aduana IVA a la importación.

 

✔ En todos los libros registro:

 

  • Se crea un campo adicional de contenido libre llamado “referencia externa” que permite añadir información interna del titular del libro asociada al registro de la factura.
  • Se establece un nuevo campo identificativo para los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra por operaciones de restructuración societaria, identificando el NIF y razón social de la entidad sucedida, (por ejemplo, la sociedad absorbida en un proceso de fusión).
  • Se establece una marca especial para identificar los registros de facturación respecto de los que el cumplimiento del plazo de envío presente dificultades, ya sea porque el sujeto pasivo no podía conocer con certeza el cambio de condición a gran empresa o porque la solicitud de alta en el registro de devolución mensual sea posterior al primer día del periodo

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Publicado el 06-2018 por PBS