modelo 200 sociedadesComo cada año, se han aprobado los Modelos del Impuesto sobre Sociedades para los ejercicios iniciados desde el 01 de Enero de 2022 y hasta el 31 de Diciembre de 2022, que aplican también a los establecimientos permanentes en España de entidades no residentes, a las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español así como a los grupos de sociedades.

Para las sociedades con ejercicio coincidente con el año natural, el plazo de presentación de la declaración finalizará el próximo 25 de julio. En caso de querer domiciliar el pago, deberá efectuarse no más tarde del 20 de Julio. Dichos modelos incorporan, además, nuevos cuadros de detalle con el objeto de mejorar la información y control de la agencia tributaria y las modificaciones legislativas aprobadas para el ejercicio 2022, entre las que destacamos las siguientes.

  • La Ley 22 / 2021 de Presupuestos Generales para 2022 introdujo:
    • i. la definición de cuota liquida del Impuesto sobre Sociedades (IS) y estableció una tributación mínima del 15% de la base imponible para los contribuyentes con un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a veinte millones de euros o que tributen en el régimen de consolidación fiscal, con independencia de su cifra de negocios. Dicho tipo mínimo es del 10% para las entidades de nueva creación y del 18% para las de crédito y de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos. Como consecuencia de esta modificación, no se podrá rebajar la cuota líquida del impuesto por aplicación de las deducciones por debajo del impuesto mínimo.
    • ii. Una rebaja de la bonificación aplicable a las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda del 85 al 40%. De este modo, el tipo de tributación para las rentas bonificadas se incrementa del 3,75% al 15%.
  • La Ley 12 / 2002 para impulso de los planes de pensiones de empleo incorporó una deducción de la cuota del 10% por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros.
  • Se actualiza de 7 a 10 millones la cifra umbral de volumen de operaciones que sirve para delimitar la competencia para la exacción y comprobación del IS así como la normativa aplicable en caso de contribuyentes con domicilio fiscal en territorio común pero que lleven a cabo operaciones en el territorio foral de Navarra.
  • Asimismo, deberán tenerse en cuenta los requisitos adicionales aplicables a las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) para poder disfrutar del tipo reducido del 1%.
  • Finalmente, no olvide tener en cuenta todas las interpretaciones vertidas a lo largo del año por parte de los tribunales así como de la Dirección General de Tributos respecto de los que siempre les mantenemos informados.

Publicado el 06-2023 por PBS