Se mantiene su residencia fiscal en España durante el ejercicio de cambio de residencia y los cuatro siguientes.La normativa fiscal española incluye diversas medidas destinadas a combatir la evasión fiscal a través del uso de sociedades o estructuras ubicadas en territorios calificados como paraísos fiscales, tanto por parte de sociedades como de personas físicas.

La necesidad de luchar contra el uso de ubicaciones que fomentan la evasión fiscal es debida a la pérdida sustancial de ingresos por parte de las autoridades fiscales locales pero, también, por la opinión generalizada de que merecen una especial atención, después de la fuga de datos conocida como los Papeles de Panamá.

✔  Que territorios se consideran paraísos fiscales, según la regulación española?

España tiene una lista negra de territorios calificados como paraísos fiscales. Dicha lista es dinámica, en el sentido de que permite el abandono de tal calificación a los países que firmen con España un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información.

 

Desde 01 de Enero de 2015, los requisitos para dejar la lista se endurecieron puesto que ya no se produce una salida automática por el hecho de tener un acuerdo o un convenio sino que la actualización de la lista debe realizarse de manera expresa por parte de la Administración tributaria.

 

✔ En materia de IRPF, existe la llamada “Cuarentena fiscal” que se aplica, durante un periodo de 4 años, a los contribuyentes personas físicas de nacionalidad española, cuando pretender cambiar su residencia fiscal a un territorio calificado como paraíso fiscal.

 

Así, se mantiene su residencia fiscal en España durante el ejercicio de cambio de residencia y los cuatro siguientes. En consecuencia, no es posible efectuar un cambio de residencia directo desde España a uno de estos territorios, salvo que pueda acreditarse un cambio intermedio a un territorio no incluido en la lista negra.

 

✔  La residencia fiscal también se ve afectada, con independencia de la nacionalidad, a los efectos de computar las ausencias temporales de territorio español de una persona.

 

Uno de los requisitos que contempla la norma española para calificar a una persona como residente fiscal en España es su permanencia en territorio español por un periodo que exceda 183 días en el año natural, no necesariamente consecutivos.

 

Las ausencias temporales se computan como permanencia en territorio español, salvo que la persona acredite su residencia fiscal en otra jurisdicción. No obstante y en caso de cambiar la residencia a un territorio calificado como paraíso fiscal, las autoridades fiscales españolas pueden solicitar prueba de que dicho individuo ha permanecido en el mismo, efectivamente, durante 183 días en el año natural.

 

✔  Los Gobiernos actuales afrontan el reto de continuar su lucha contra la evasión fiscal, especialmente forzados por la opinión pública. Ello no debe ser obstáculo, no obstante, a que se permitan estructuras internacionales no basadas en situaciones artificiosas sino en motivos económicos válidos.


Publicado el 05-2016 por PBS