2013 nos deja con numerosos cambios normativos cuya entrada en vigor se producirá en el año 2014. El Impuesto sobre el Valor Añadido no constituye ninguna excepción a esta vorágine de modificaciones.
Por ello y dado el carácter eminentemente formalista de dicho impuesto, desde PBS creemos conveniente repasar algunas de las novedades que pueden tener un mayor impacto en el día a día de nuestras empresas y cuya aplicación práctica conviene preparar con antelación.
? De ser Usted uno de los contribuyentes acogidos al nuevo régimen de caja en el IVA (RECC), no olvide que sus facturas deberán incluir la mención “régimen especial del criterio de caja”. Asimismo, sus libros registro de IVA de facturas emitidas y recibidas, además de las menciones generales, deberán incluir:
- Una referencia a que la operación se halla acogida al RECC
- La fecha de cobro / pago e importes
- El medio de cobro / pago.
? Si es Usted un cliente no acogido al RECC pero su proveedor sí, recuerde que tendrá derecho a la deducción del IVA soportado de dicho proveedor en los mismos términos que los sujetos pasivos acogidos a dicho régimen. Esto es, podrá deducirse el IVA soportado en el momento de pago del precio o el 31 de Diciembre del año siguiente a la realización de la operación, si no ha efectuado el pago.
Además, sus libros registro de IVA deberán incorporar las mismas menciones que las señaladas anteriormente para los sujetos pasivos acogidos al RECC.
? En los supuestos de modificación de la base imponible (créditos morosos y declaración de concurso) debe acreditar la remisión (envío) de la factura rectificativa al deudor moroso y a la Administración concursal, según el caso. No olvide que la obligación de la comunicación de la modificación de la base imponible a la AEAT deberá efectuarse en el formulario electrónico que habilite dicho organismo.
? Y, el plazo especial de la liquidación del IVA correspondiente al mes de julio queda eliminado, de forma que dicha declaración deberá ser presentada en los veinte días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación.
Publicado el 12-2013 por PBS