Conozca más sobre las operaciones vinculadas aeat del impuesto de sociedades

El Proyecto de Ley de Reforma del Impuesto sobre Sociedades (publicado el 06 Agosto 2014) introduce novedades significativas en materia de operaciones vinculadas.

De entre éstas, destacamos hoy las que afectan a las obligaciones de documentación, el perímetro de vinculación así como a la metodología a aplicar para determinar el valor de mercado, que resumimos a continuación.

Qué se consideran operaciones vinculadas:

El perímetro de vinculación en el caso de relación socio – sociedad, será aplicable cuando medie una participación igual o superior al 25%, incrementándose éste porcentaje respecto del 5% actual (1% para el caso de sociedades cotizadas).

Asimismo, aunque en el Proyecto se mantiene la consideración de operación vinculada a la existente entre una entidad y sus consejeros o administradores, se exceptúan de dicha consideración las retribuciones que éstos reciban, por el ejercicio de sus funciones.

Obligaciones de documentación:

Se prevé la simplificación de las obligaciones de documentación para las entidades (o grupos) cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 45 millones de Euros.

Métodos de valoración:

A los efectos de determinar el valor de mercado, ya no resultará de aplicación la jerarquía de métodos que establece la regulación actual.

Se permitirá la aplicación de métodos no específicamente regulados por la normativa y generalmente aceptados, siempre que se respete el principio de libre competencia.

A la vista del Texto definitivo, convendrá analizar el impacto en cada caso concreto de éstas y las restantes medidas que puedan afectar a la política de los precios de transferencia de las empresas de nuestro entorno.


Publicado el 09-2014 por PBS