
Todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas que obtengan durante el ejercicio, pueden obtener el borrador de la declaración a través del Servicio de tramitación del borrador / declaración (Renta Web).
Asimismo, se mantiene el mecanismo de obtención del número de referencia para acceder al borrador y / o datos fiscales a través de la Sede electrónica de la Agencia tributaria.
Algunas de las modificaciones principales a tener en consideración este año se resumen a continuación:
- En el ámbito de las exenciones, no se integran en la base imponible del IRPF en el ejercicio 2021 y siguientes aquellas ayudas que hayan sido concedidas en virtud de los distintos programas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios.
- A efectos de la declaración de las ganancias y pérdidas patrimoniales debe tenerse en cuenta que las Sentencias del Tribunal Supremo núms. 803/2022 y 804/2022, ambas de 21 de junio, han fijado como criterio interpretativo que la renta obtenida por el propietario de un bien inmueble a cambio de ofrecer el derecho de opción de compra sobre éste constituye una ganancia patrimonial que ha de integrarse en la renta del ahorro (y no en la renta general).
- Asimismo, el denominado “Bono Cultural Joven” destinado a facilitar el acceso del público joven a la cultura tiene para sus beneficiarios la consideración de ganancia patrimonial en el importe que haya sido efectivamente utilizado por el beneficiario.
- Como consecuencia de la modificaciones que introdujo la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, en los límites de reducción por aportaciones a sistemas de previsión social, el límite general pasa de 2.000 a 1.500 euros, mientras que se eleva de 8.000 a 8.500 euros el incremento adicional de dicho límite incluyéndose también aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social que sean de igual o inferior importe a la contribución empresarial.
- Todas las Comunidades Autónomas tienen aprobadas sus correspondientes escalas aplicables a la base imponible general.
- Se amplía un año más el ámbito temporal de aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
Publicado el 05-2023 por PBS