Como medio de prueba prioritario, los gastos se deben de justificar mediante factura completa en la que figure, como destinatario de la operación, la empresa que pretende su deducción con identificación completa.

Cuando su empresa sólo disponga de una factura simplificada, es aconsejable solicitar su canje por una factura completa, a efectos de evitar que, por una formalidad, Hacienda pueda cuestionarle la deducibilidad del gasto en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades y del IVA, siempre que no se trate de gastos expresamente excluidos según la normativa de cada impuesto.

Es importante destacar que, en fechas recientes, tanto la Dirección General de Tributos como algún tribunal tienden a matizar las exigencias formales del gasto, matices, que, de ser aceptados por la Administración Tributaria, aliviarían las cargas formales de los contribuyentes.

fiscalidad tickets restaurante

✔ En la práctica, la Administración tributaria suele considerar que los gastos justificados mediante facturas simplificadas que no incluyen el NIF del destinatario de las operaciones no permiten identificar quien es el beneficiario de los bienes y servicios adquiridos y, por ello, no justifican un gasto fiscalmente deducible para su poseedor.

✔ En una Sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, (28 de marzo de 2019 – Rec. 265 / 2016) y en el ámbito del IRPF, se estima la deducibilidad de los gastos justificados con tickets siempre que estén relacionados con la actividad económica. Critica el Tribunal que la Administración se quede en lo puramente formal, indicando que no reúnen los requisitos previstos en el reglamento de facturación, por no hallarse identificado el destinatario, no ofreciendo ninguna motivación del rechazo de los gastos por ausencia de relación de los mismos con la actividad económica y con los ingresos derivados de ésta.

✔ Ya anteriormente, el mismo Tribunal había señalado (Sentencia de 20 de Noviembre de 2007) que exigir una factura completa con indicación del destinatario en gastos de restaurantes, bares, parquímetros, peajes, taxis … resulta del todo inviable en la práctica totalidad de los casos, debiendo de ser consideraciones generales respecto de los usos y costumbres habituales en estos casos, en relación con la razonabilidad y proporcionalidad, lo que determine su admisión o rechazo.

✔ Por su parte, La Dirección General de Tributos, en su Consulta Vinculante CV 2607-18, de 25 de Septiembre, en el ámbito del IVA, acepta la deducción del IVA soportado cuando el emisor de una factura simplificada complete (a bolígrafo) los datos indicados en el Reglamento de Facturación (como puede ser la identidad del destinatario) de forma manual, después de haber sido impresa la factura simplificada.

✔ En suma, parece que la tendencia es aceptar los gastos que puedan justificarse razonablemente relacionados con la actividad en detrimento del criterio estrictamente formal previsto en el Reglamento de Facturación, que exige identificar al destinatario. Quedará por ver si dichas consideraciones serán tenidas en cuenta por la Administración Tributaria en la práctica y si se aceptarán sólo en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades o, también, en el del IVA.

Factura simplificada del ticket restaurante: ¿Cómo deducirla?

La entrega de los vales comida o tickets restaurante a los trabajadores se ha convertido en una modalidad salarial cada vez más habitual, ya que esta fórmula presenta numerosos beneficios fiscales, tanto para empresas como para empleados.

De este modo, mientras que las empresas pueden deducir en su Impuesto sobre Sociedades la totalidad del importe destinado a los tickets, en concepto de “gastos de personal”, los trabajadores están exentos de tributar por las cuantías recibidas.

Asimismo, debido al éxito de esta modalidad salarial y con la finalidad de adecuar el incentivo a los precios de mercado, el Gobierno elevó el pasado año la cuantía exenta, que pasó de 9 a 11 euros diarios. Con este aumento, los trabajadores podrán ahorrarse la tributación de 2 euros diarios adicionales, 5 días a la semana y durante un período máximo de 11 meses.

✔ Para que tanto empresas como trabajadores puedan beneficiarse de este incentivo fiscal, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • El importe máximo diario es de 11 euros, debiendo tributar el exceso como retribución en especie.
  • Deben estar numerados, expedidos de forma nominativa y ser intransferibles.
  • Debe figurar en ellos la empresa que los emite y, en caso de que sean en soporte papel, constar su importe nominal.
  • La cuantía de 11 euros diarios que no se consuma en un día no puede acumularse a otro día.
  • No debe poder obtenerse el reembolso de su importe.
  • Pueden ser utilizados, únicamente, en establecimientos de hostelería.
  • La empresa que los entregue debe llevar y conservar una relación de los vales entregados, en la que se incluya el número de documento, su importe nominal y el día de entrega. A estos efectos, la Dirección General de Tributos entiende que el día de entrega equivale al día en que el trabajador debe utilizar el ticket.

Asimismo, es necesario que la prestación no tenga lugar durante días en que el trabajador devengue dietas por manutención exceptuadas de gravamen y que la utilización de los tickets se efectúe en los días hábiles para aquel.

✔ Con carácter general, el cumplimiento de los requisitos expuestos es a cargo del empleador. En caso de incumplimiento, se generaría una retribución en especie para el trabajador, sobre el que la empresa estaría obligada a realizar el correspondiente ingreso a cuenta.

No obstante, la Dirección General de Tributos ha establecido que, en relación con la prohibición de acumulación de cuantías, al ser una cuestión que depende de la voluntad del trabajador, la responsabilidad de su cumplimiento no es exigible a la empresa. De este modo, en caso de incumplimiento del mismo, será el empleado quien deberá incluir en su declaración-liquidación las retribuciones en especie que correspondan a los importes acumulados.

✔ En resumen, de cumplirse los citados requisitos, comer fuera de casa puede ayudarle a ahorrar impuestos.


Publicado el 09-2019 por PBS